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Quienes se responsabilizan de la gestión y cuidados de una comunidad de propietarios no siempre suelen ser personas totalmente preparadas para este rol, inclusive, puede que desconozcan ciertos aspectos esenciales como por ejemplo la necesidad disponer de una póliza de protección o seguro para la comunidad.
Cuando una comunidad se encuentra desprovista de un seguro, esto legalmente suele representar un inconveniente importante que debe ser abordado de inmediato. Por ello, en los siguientes párrafos te explicaremos que sucede con aquellas comunidades que no cuentan con seguros.
¿Obligatoriamente hay que contratar una póliza de seguro para la comunidad?
Para el Estado y sus normativas, no resulta obligatorio que una comunidad de vecinos o propietarios cuente con un seguro, sin embargo, ciertas autonomías si exigen este requisito. En localidades como Madrid, se les exige a todas las comunidades que disponga de seguros ya que de lo contrario serán objeto de multas cuantiosas.
Ahora bien, no es necesario que la ley estipule la necesidad de disponer de un seguro para contratar el mismo, ya que son muchos los beneficios derivados de la póliza ofrecida por las empresas aseguradoras que permitirán una mejor y pronta resolución de los problemas de la comunidad.
Problemas a los que se expone una comunidad sin seguros
En una comunidad que no está protegida por un seguro se deberán realizar pagos de gran cuantía cuando se presente algún tipo de situación que suponga gastos dentro de la comunidad. Entre los diversos problemas más importantes de la ausencia de seguro en una comunidad se destacan los siguientes:
- Accidentes en zonas comunes: Uno de los grandes riesgos que se sobrevienen al no disponer de un seguro en la finca o comunidad es cuando un tercero, bien sea un empleado, visitante o propietario padezca un accidente, el cual supondría que toda la comunidad deberá responsabilizarse por este suceso.
- Averías del sistema de agua: Las obstrucciones y filtraciones de las canalizaciones, drenajes y desagues comunes del edificio es una responsabilidad compartida entre los propietarios, por ello ante dichos inconvenientes se deberan abonar cantidades importantes de dinero para su reparación.
- Siniestros: Indudablemente, el inconveniente más temible de no contar con un seguro es que se presente algún tipo de siniestro, dado a que estas eventualidades, aunque suelen ser esporádicas y no tan frecuentes, supondrán una importante inversión que tendrá que hacer toda la comunidad para las reparaciones y restauraciones pertinentes. Desde explosiones del sistema de calefacción, inundaciones hasta la caída de un árbol, todos estos siniestros representaran una notable cifra de dinero para su reparación.
¿Quién debe responder por los daños efectuados por terceros a la comunidad de propietarios que no dispone de seguro?
En el contexto de los accidentes o perjuicios a terceros, la ley exige que la comunidad se haga cargo de indemnizar al tercero por dichos daños, no obstante, si el accidente ha sido producido por falta de mantenimiento y gestión de las zonas comunes y elementos de construcción, la comunidad puede culpar al presidente o al administrador para que estos se hagan cargo de los daños.
En conclusión, se entiende que, si una comunidad de vecinos o propietarios decide prescindir de un seguro, cada integrante del edificio deberá constantemente realizar pagos por cada problema o accidente que se genere en el edifico. De esta forma se demuestran las ventajas inherentes de disponer de un seguro en las fincas o comunidades de propietarios.