En base a lo establecido en el artículo número 2 de la normativa que regula las propiedades horizontales, es necesario que todas las comunidades de propietarios formalicen su creación a través de un título constitutivo, el cual es el escrito en donde se detallan toda la información técnica con respecto al piso o al inmueble, la cuota de participación de cada propietario, entre otros detalles.
De esta manera, previo a realizar cualquier tipo de procedimiento legal para la constitución de una comunidad es preciso recurrir al denominado Registro de Propiedades en donde se solicitará el certificado del inmueble. Si al solicitar dicha certificación se comprueba que la comunidad carece de título constitutivo, se deberá solicitar los requisitos vigentes necesarios para este proceso constitutivo al Registro previamente mencionado.
Para todo esto y de manera fácil, ya que nos dedicamos a esto, nosotros realizamos todo este tipo de trámites, unos tramites que se deben cumplir para poder constituir formalmente una comunidad de propietarios son los siguientes:
Finalmente debemos mencionar que las normativas han establecido una cantidad mínima para constituir comunidades de vecinos. Con respecto a esto debemos basarnos en el artículo numero 13.8 contenido en las normativas de propiedades horizontales donde se especifica que, si una finca o inmueble no excede de más de 4 propietarios, puede regirse por las normativas establecidas por el Código Civil, de esta manera se entiende que para constituir las denominadas comunidades de vecinos se necesitan más de cuatro propietarios.
MS Administradores de Fincas Vallecas queremos presentar la nueva oficina de administración de fincas urbanas, una oficina 4.0, con las nuevas tecnologías, con nuestra oficina virtual, para que su comunidad este en contacto permanente con su administrador las 24 horas del día los 365 días del año. Trabajamos en distintos puntos de la Comunidad de Madrid como son Rivas Vaciamadrid, Vallecas, Arganda del Rey, Santa Eugenia, Moratalaz o Vicálvaro.
La diferencia no está en lo que hacemos, está en cómo lo hacemos.
AVISO LEGAL | LSSI | POLITICA DE COOKIES | POLITICA DE PRIVACIDAD | Login