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Esta es una pregunta bastante usual pues muchos vecinos en su afán por embellecer los espacios no solo colocan plantas en sus balcones y terrazas, sino que se dan a la tarea de llenar de macetas las escaleras, pasillos y otras áreas de uso común, sin tener en cuenta la opinión de los otros propietarios.
Las empresas dedicadas a la administración de fincas deben por esta razón recordar de manera casi permanente que las fachadas son elementos comunes de la edificación y que cualquier cosa que un particular coloque en las barandillas o en las ventanas, modifica el aspecto exterior; por lo que ha de ir en concordancia con lo aprobado en los estatutos de la Comunidad de Vecinos.
¿Qué dice la ley sobre la colocación de macetas en las zonas comunes?
La legalidad de tener macetas en las áreas comunes de las Comunidades de Vecinos es un asunto que a muchos interesa y para ello acuden a la ley que regula esta materia, la LPH para darse cuenta que el tema no es abordado en su articulado. La primera conclusión por lo tanto es que no es ilegal colocar macetas, pero atención porque la ley si indica expresamente que los elementos que se instalen en los espacios de carácter privado no debe afectar a los otros propietarios.
El sentido común debe privar siempre, por lo que al colocar macetas en los pasillos y escaleras debe no solo atenderse a lo permitido en las normas de la comunidad sino además prestando especial atención a no se entorpecer la circulación de los vecinos ni el libre acceso a sus áreas privativas.
¿Qué hacer en caso de no existir regulación en la Comunidad?
Si en tu Comunidad de Vecinos no se han acordado unas normas de convivencia y usos de las zonas comunes; la colocación de macetas debe hacerse atendiendo a evitar la más mínima molestia y entendiendo que la responsabilidad civil por cualquier accidente provocado por una de ellas correrá por tu cuenta.
¿Puedo retirar las macetas?
Existen edificaciones que tienen en su fachada jardineras adosadas a las ventanas y muchos vecinos al momento de renovar sus inmuebles se preguntan si pueden retirarlas. Frente a esta situación hay que tener en cuenta dos aspectos antes de proceder al retiro; el primero está relacionado con las normas urbanísticas y el segundo con la obtención de la aprobación de la Junta de Propietarios.
Una maceta ha producido un daño ¿Sobre quién recae la responsabilidad?
Si la maceta que ha dañado a un tercero o ha ocasionado un daño en la estructura de la edificación ha sido colocada por un particular, entonces sobre el recae la responsabilidad de resarcirlo.
La póliza multiriesgo de la Comunidad no exime la responsabilidad individual, aunque siempre es conveniente revisar su condicionado.
En cualquier caso lo mejor es evitar los conflictos dentro de una comunidad por lo que en cuanto a las macetas lo mejor es cumplir los acuerdos; si nos los hay pues reunir a los propietarios y establecerlos es lo más conveniente para todos.