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Es indudable que tener una mascota conlleva responsabilidades, especialmente cuando se habita en una comunidad de vecinos en donde resulta esencial que la posesión de una mascota por parte de un vecino no genere molestias e incomodidades para los demás vecinos.
Una inquietud frecuente que existe en los edificios que poseen ascensores es si las mascotas están autorizadas para hacer uso de los mismos.
Sabiendo que cada propietario de un perro tiene que cumplir las normativas vigentes con respecto a la posesión de mascota como la identificación de la misma, vacunación, entre otras responsabilidades como el cuidado y las atenciones que requieren dichas mascotas, también es totalmente necesario que el dueño del perro respete las normativas de convivencia establecidas en la comunidad en la que reside junto a su mascota. Estas responsabilidades y deberes han sido plasmados en la conocida Ley 11/2003 para la protección de los animales.
El problema de los perros y los elevadores o ascensores en los edificios comunitarios es muy frecuente, ya que la presencia de esta mascota en dicha instalación puede generar contaminación, si el can orina o defeca en el elevador, alergias, incomodidad y molestias entre los pasajeros del ascensor e incluso se han reportado peleas entre canes cuando dos vecinos que poseen este tipo de mascotas emplean al mismo tiempo el ascensor.
Para saber si en nuestra comunidad pueden prohibirnos la entrada de nuestro perro al ascensor debemos revisar el estatuto de nuestra comunidad. En este documento puede existir la normativa en la que se prohíbe el acceso de los caninos al elevador o ascensor, no obstante, resulta infrecuente que una comunidad posea este tipo de normativa en sus estatutos.
En ocasiones se han establecido ciertas normativas que, si bien no prohíben el uso del elevador con el perro, si regulan su uso, por ejemplo, limitar la cantidad de caninos simultáneamente dentro del ascensor, priorizar el ingreso de las personas ante los perros, etc.
Ahora bien, cuando se hayan producido inconvenientes en el elevador ocasionados por la presencia de algún perro y su vecino, inicialmente se debe intentar llegar a solución pacífica y mediática antes de recurrir a instancias legales. Dialogando con el vecino que posee el perro es posible obtener una solución del inconveniente, no obstante, si este no decide colaborar para que no se continúen presentando problemas por la presencia de su mascota en el elevador o ascensor se debe remitir esta problemática a la junta de vecinos.
La junta puede plantear nuevas normativas para el estatuto que rige la convivencia en la comunidad con el objetivo de garantizar el uso correcto del ascensor, teniendo en cuenta que la mayoría de los vecinos deben estar de acuerdo con dichos cambios. De igual forma si el vecino que posee la mascota está incurriendo en otras faltas a la posesión apropiada del perro, es posible denunciar dicha tenencia inapropiada a las autoridades locales.
Lo más recomendable para una persona que viva en un edificio con ascensor y además posea perros es garantizar una tenencia adecuada de la mascota, educando a la misma para que esta no genere algún tipo de molestia a los vecinos, y en el momento en que se necesite utilizar el ascensor garantizar el mejor comportamiento posible de la mascota y reconocer que las personas poseen prioridad para el uso de esta instalación.