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¿Sabías que un 16% de los hogares de nuestro país se quejan por el ruido que hacen sus vecinos? Es por esto que muchos se preguntan ¿Hasta qué hora se puede hacer ruido en casa? Bien porque no quieren pasar a formar parte de los responsables de la estadística o porque ya forman parte de ella.
Comencemos sin embargo por definir quien regula la cantidad de ruido que resulta tolerable. En España existe desde el 2003 una legislación especial para controlar, regular y mitigar la contaminación sónica, es la conocida como Ley de Ruido. A ella se le suman otras normativas municipales que atendiendo a la reglamentación europea y a las directrices de cada Comunidad Autónoma desarrollan esta materia.
Las sanciones que establecen son variables pues responden a cada realidad pero parten de los 750 euros y llegan a alcanzar los 3000 euros, para las faltas de gravedad. Como se ve no es una tontería eso de molestar a los vecinos haciendo ruido dentro de la casa.
¿Hasta qué hora se puede hacer ruido en casa?
Aunque como ya comentamos más arriba en este texto las limitaciones y sanciones son un asunto regulado por cada ayuntamiento, todos tienen algunos elementos comunes y el horario permitido para el alboroto es uno de ellos.
Respondiendo entonces la pregunta del encabezado el horario permitido para generar ruido es de lunes a viernes y desde las 8 h hasta las 21, o las 22 horas cuando la norma es más permisiva. Durante este tiempo es cuando pueden tener lugar las fiestas, las obras de reparación, las reformas y hasta actividades más simples como practicar un instrumento o escuchar música.
Los fines de semana el horario es algo más reducido, especialmente en la mañana cuando la mayoría descansa un poco más que durante los días laborables. En tal sentido suele permitirse el ruido entre las 9:30 h y las 21 h.
Algunas ciudades son menos restrictivas y los horarios son algo más amplios que en otras pero a modo de orientación son esas las franjas horarias habituales para permitir la generación de ruido.
Otro asunto a considerar es la cantidad de ruido tolerable y por ello lo trataremos en la sección siguiente:
¿Cuál es el número máximo de decibelios?
La cantidad de ruido se mide en decibles y los niveles permitidos en una vivienda están regulados por las ordenanzas municipales.
Nuevamente hay variaciones entre la norma de una localidad y la de otra pero por lo general durante el día no se deben sobrepasar los 35 decibeles y en la noche los 30. Visto lo anterior, si eres capaz de hacer una fiesta sin superar estos niveles no tendrás problemas, aunque sinceramente lo ponemos en duda…
El ruido por obras ¿cuándo está permitido?
El ruido ocasionado por las obra de reforma está también regulado por la legislación municipal sin embargo en este caso en particular por lo general las Comunidades de Vecinos han establecido en sus estatutos los horarios en los que se permite. Así pues y en atención a propiciar la convivencia armónica ha de respetarse lo allí contenido.
El incumplimiento de la normativa puede llevar a un vecino a tener que enfrentar la vía judicial así que a la hora de hacer obras lo mejor es atenerse a los horarios permitidos que por regla general no exceden de las 20 horas e incluso algo menos si se utilizarán maquinarias.
¿Qué hacer ante un vecino ruidoso?
Pese a la existencia de suficiente normativa siempre hay algún vecino que no se cansa de hacer ruido ¿Qué hacer en este caso?
Acercarse de manera amistosa a pedirle que desista de su conducta es el primer paso, pero si pese a ello el vecino insiste en realizar ruido, entonces se debe solicitar la intervención del presidente de la Comunidad de Vecinos. Tal como lo establece el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal vigente sobre el recae la facultad de intervenir para solicitar el cese de la actividad que resulte perjudicial, peligrosa o molesta para la comunidad.
De no tener éxito lo mejor es llamar a la policía a fin que conozca la situación y determine si la emisión sobrepasa los límites permitidos.
Si pese a ello el vecino persiste en su actitud no quedará más remedio que formular una demanda, para lo cual la inspección policial previa será de gran ayuda y es imprescindible someter el asunto a la consulta de una Junta extraordinaria de la Comunidad de Propietarios.
El juez que conozca la denuncia podrá sentenciar al vecino ruidoso no solamente a cesar la actividad o a realizarla en el horario donde sea permitida sino que dependiendo de la gravedad podrá fijar una indemnización por daños e incluso impedirle el uso del inmueble por un periodo de tiempo.
Aunque lo ideal es que sea la comunidad de propietarios quien siga la vía judicial tambien podrá hacerlo quien se vea más perjudicado por el ruido. En este caso es de gran utilidad contar con asesoría profesional la que por cierto algunas compañías aseguradoras ofrecen de manera gratuita, si se tiene contratada una póliza de hogar.