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La normalidad actualmente es que cada comunidad cuente con los servicios de un profesional de la administración de edificio, sin embargo, antiguamente lo común era que las propias comunidades se auto-gestionarán y un vecino era el encargado de dicha responsabilidad, por ello, muchas personas se preguntan hoy en día si esto aún es posible.
¿Quiénes pueden asumir el rol de administrador?
Es preciso conocer que las leyes que rigen las propiedades de carácter horizontal no exigen ningún tipo de titulación específica para poder ejercer como el administrador de una comunidad, incluso a pesar de la existencia de estudios destinados a la administración profesional de fincas. Lo anteriormente expresado supone que cualquier persona puede ejercer el rol de administrador en una comunidad determinada, por lo que cualquier vecino podría postularse para este puesto.
¿Las leyes permiten que un vecino se convierta en el administrador?
Como se mencionó anteriormente, las leyes abalan que un vecino sea el administrador de la comunidad. Específicamente debemos recurrir a la Ley de la Propiedad Horizontal el articulo número 13.5 en donde se detalla que el presidente de la junta de propietarios asumirá el rol de administrador y secretario si no se acuerda que otro vecino asuma dicho cargo.
En el artículo 13.6 está expresamente reconocido el derecho que posee cualquier vecino de ejercer como el administrador, independientemente de que este sea el presidente o no. Esta es una opción que eligen muchas comunidades, sobre todo aquellas que posee pocos integrantes.
¿Cobra honorarios el vecino que ejerce de administrador?
Lo más común es que cuando un vecino se ocupe de los trámites administrativos este no cobre honorarios por dicho servicio ya que muchas veces se opta por dicha opción cuando la comunidad desea ahorrar dinero. Ahora bien, si el vecino desea cobrar debe estar de alta por Hacienda y como autónomo, declarar sus ingresos y emitir una factura por la actividad realizada al igual que un administrador profesional.
¿Gestiones necesarias para que pueda un vecino ser el administrador?
Los tramites a realizar para que pueda un vecino ser designado formalmente como administrador se encuentran establecido en las leyes de la propiedad horizontal, por lo que se requiere que este nombramiento lo realice la junta de propietarios en una respectiva acta.
Desde el momento que es designado el vecino tendrá que asumir todas las obligaciones y responsabilidades inherentes de su cargo. De igual forma se le otorgara acceso a cuentas corrientes propias de la comunidad con el objetivo de que este gestione el cobro de cuotas mensuales, elabore el presupuesto de gastos anuales, entre otras tareas que debe efectuar el administrador.
Se debe recordar que la representación legal de la junta comunitaria no le compete al administrador, este es un deber del presidente. Por último, el vecino administrador puede culminar su rol de administrador por elección propia o si así lo decide la comunidad en una junta extraordinaria ya sea porque se ha perdido la confianza en el vecino o por cualquier otro motivo que se alegue.