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Las instalaciones de accesibilidad en un edificio deben garantizar el desplazamiento de todos los inquilinos independientemente de sus condiciones motrices, por ello deben ser inclusivas para que todos puedan acceder a los espacios comunes, especialmente aquellos inquilinos como discapacidades o limitaciones.
En la Ley que regula las propiedades horizontales se establece que deben garantizarse la accesibilidad a las zonas comunes en todas las infraestructuras consideradas obra nueva, lo que incluye la las obras que solicitaron licencia luego del doce de septiembre del 2010. Por su parte, los edificios considerados obras antiguas deben hacer modificaciones para adaptarse correspondientemente a las nuevas normativas.
¿Que establecen las nuevas normativas sobre la accesibilidad en las comunidades de vecinos?
En la ley destinada a promocionar la autonomía de los individuos en situación especial de dependencia (Ley 39/2006), se ha establecido que no resulta necesario la realización de votaciones en la comunidad para consensuar el montaje de dispositivo salvaescaleras.
El edificio está obligado a cumplir los requerimientos y necesidades de accesibilidad si existe al menos un vecino mayor de setenta años o con algún grado de discapacidad o minusvalía mayor al 33%. Ante la solicitud del inquilino en situación de minusvalía debe efectuarse un estudio en donde se determine cuál es la mejor alternativa para abordar los impedimentos estructurales que dificultan la accesibilidad del vecino.
En lo que respecta al coste de la instalación de soluciones de accesibilidad como dispositivos salvaescaleras o las modificaciones estructurales que garanticen la accesibilidad, este deberá ser asumido por la comunidad en general, es decir, todos y cada uno de los propietarios siempre que el coste de la obra no supere las doce mensualidades de la cuota convencional que se ha establecido en la comunidad. En caso de que el coste supere el limite mencionado, igualmente se podrá realizar la obra, pero el coste excedente a las doce mensualidades será asumido por la parte interesada.
¿Cuáles soluciones para mejorar la accesibilidad del edificio existen?
Si bien la mejor solución para potenciar y mejorar la accesibilidad en un edificio a todas las zonas y espacios es la incorporación de un elevador o ascensor, es preciso tener en cuenta que dicha opción no siempre resulta la más apropiada, dado a que en muchos edificios antiguos resulta estructuralmente imposible instalar un ascensor o en ocasiones el precio de la obra resulta inaccesible para la comunidad, por lo que, en muchas ocasiones, muchas comunidades optan por el montaje de dispositivos salvaescaleras.
¿Cuáles son los dispositivos salvaescaleras que pueden instalarse en comunidades de vecinos?
Si la distancia o desnivel al que se le desea dar accesibilidad es corto una solución simple y económica puede ser la instalación de un tipo de rampa. El máximo establecido para la pendiente de las rampas es del diez por ciento, de igual forma, se han establecido dimensiones y longitudes máximas para estas estructuras. A continuación, te presentamos otras alternativas cuando los desniveles a salvar son de mayor magnitud:
- Plataformas salvaescaleras: Conocidas convencionalmente como plataformas inclinadas, estas estructuras son una excelente solución para salvar y abordar desniveles puesto que está compuesto por una base adaptable que se desplaza a través de un eje permitiendo de esta forma que el usuario pueda subir o bajar un desnivel. Resultan ideales para salvar tramos cortos de escaleras.
- Elevadores verticales: De las múltiples alternativas excelentes para salvar distancias cortas de escaleras también han de tenerse en cuenta los elevadores verticales, los cuales funciona a modo de ascensor para acceder a una distancia elevada a pocos metros, específicamente a menos de tres metros.
- Sillas subeescaleras u orugas: Cuando se necesitan salvar largas distancias en escaleras, la mejor solución por su flexibilidad y capacidad de adaptación son las famosas orugas o sillas subeescaleras, las cuales se acoplan a la estructura de las escaleras y permiten que los individuos con minusvalía puedan acceder a pisos superiores, sin embargo, este tipo de dispositivo no resulta útil para personas que utilicen sillas de ruedas.