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Uno de los detalles a tener en cuenta en lo que respecta a los alquileres o arrendamientos vacacionales es que las normativas que regulan dicha actividad varía en cada Comunidad Autónoma, sin embargo, en prácticamente todas las comunidades los propietarios de estos negocios deben cumplir con un conjunto de obligaciones.
De igual forma, como los anfitriones de la vivienda de alquiler turístico también poseen ciertos derechos frente a los inquilinos o huéspedes. Dado a que estas viviendas que si bien forman parte del mercado turístico solo ofrecen hospedaje y no brindan otro trabajo o servicio del ámbito turístico, no son consideradas como empresas, lo que supone que dichos pisos turísticos no están sometidos a las obligaciones que posee los hoteles u otras empresas del ámbito turístico.
Obligaciones que debe cumplir el propietario de un arrendamiento turístico
Se entenderán como alquileres o pisos turísticos a aquellos alojamientos que están inmersos dentro de un edificio residencial como lo son las comunidades de vecinos, y entre las obligaciones que tendrán dichos alquileres se encuentran:
- Tener la licencia de piso turístico: Es necesario que el inmueble sea licenciado como alojamiento turístico y para ello se requerirá que este posea la cedula de la habitabilidad, que la vivienda cuente con los elementos necesarios para llevar a cabo esta actividad turística, y que las instalaciones tengan el mínimo nivel de seguridad e higiene lo cual debe ser respaldado por la declaración de un órgano competente como lo es la Policía o la Guardia.
- Inscribir la propiedad registro: Es obligatorio que el inmueble a arrendar de manera turística se encuentre dentro del Registro Turístico de la zona en donde se encuentra el piso. Para ello debe a las oficinas de este registro donde se solicitarán una serie de requisitos que varían dependiendo de la normativa municipal vigente.
- Controlar los huéspedes del piso: El propietario debe tener control sobre los viajeros o inquilinos que se están alojando en su inmueble, para ello debe llenar el libro del registro de turistas o viajeros con los datos de cada inquilino. Posteriormente debe mostrar este libro a la Policía o Guardia Civil en un periodo de veinticuatro horas posteriores al arribo de los turistas.
- Respetar las normativas del edificio: Inicialmente antes de emprender este negocio es necesario cerciorarse de que en los estatutos comunitarios del edificio no existe una prohibición para los pisos turísticos. De igual forma los turistas o huéspedes deben respetar cada una de las normativas establecidas tales como las relacionadas al ruido, horas de descanso, uso de elementos comunes, etc.
- Proteger la información personal de sus huéspedes: Una de las responsabilidades más importantes que debe cumplir el anfitrión es velar por los datos personales de sus clientes, ya que dicha información es sensible y debe hacerse un manejo adecuado de las mismas conforme a lo establecido en las leyes para la protección de los datos.
- Cumplir las normativas relacionadas con la publicidad: Al igual que en cualquier otro negocio, es obligatorio que la publicidad utilizada para promocionar el piso turístico sea honesta, veraz y verídica, aportando la mayor cantidad posible de información y datos sobre el inmueble, así como las condiciones de uso de este servicio.
- Identificar el piso y ofrecer atención a los clientes las 24 horas: Es una obligación del propietario colocar una placa en la fachada o entrada del inmueble donde se exponga que este cumple con las normativas establecidas para este negocio. De igual forma debe garantizar una atención a sus clientes las 24 horas.
- Declarar ingresos generados: Finalmente, debe recordarse que este tipo de negocios posee obligaciones fiscales. Debe declararse ante Hacienda los días en los que ha sido ocupado y los que ha estado vacío el piso de alquiler, así como los ingresos que hayan sido generados.
Los derechos del propietario de un arrendamiento vacacional
No solo supone obligaciones y responsabilidades para el propietario los pisos turísticos, ya que estos arrendamientos vacacionales también otorgan derechos al anfitrión como lo son:
- Estipular el coste del alquiler: Es un derecho para el propietario de un inmueble arrendado con fines turísticos poder estipular el coste de dicho alquiler, sin embargo, se debe tener en cuenta la realidad del mercado en lo que respecta a la oferta y demanda existente en la zona por este tipo de servicios.
- Cancelar las reservaciones: De igual forma, si el propietario ofrece la modalidad de reservar el alquiler este puede cancelar dichas reservaciones si considera pertinente. Aunque esto puede generar conflictos con los potenciales inquilinos, es necesario acotar en los contratos de alquiler la posibilidad de cancelar las reservaciones si no se cumplen algunos requisitos previamente estipulados.
- Realizar los contratos: El propietario tiene la potestad de redactar los contratos para el alquiler de su piso turístico en donde puede añadir condiciones y normativas que este considere necesarias para el bienestar de sus inquilinos y para mantener las condiciones de su inmueble.
- Finalizar los contratos: Para concluir, el inquilino puede finalizar el contrato ya firmado por el huésped si considera que este ha incumplido algunas de las normativas establecidas en el documento contractual.