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Es preciso saber que las obras realizadas en nuestro hogar no solo nos generan inconveniente a nosotros, sino que también pueden ocasionar molestias a los vecinos.
Siempre queremos que las obras terminen lo más rápido posible para que nuestro hogar retorne a la normalidad, sin embargo, intentar aprovechar la mayor cantidad de horas al día para los trabajos que supone la obra en un intento de apresurar la finalización de la misma puede resultar contraproducente, ya que existen normativas que regulan las horas del día en las cuales se pueden llevar a cabo obras.
No podemos llevar a cabo obras durante las horas dispuestas para el descanso, ya que perturbaríamos la tranquilidad de nuestros vecinos, es por ello que al planear la realización de una reforma u obra es importante tener en cuenta las normativas establecidas para los horarios en los que pueden efectuar obras de forma que evitemos cualquier tipo de inconveniente con los vecinos.
¿Es posible llevar a cabo obras en mi vivienda?
En la Ley de las Propiedades Horizontales, específicamente en el conocido articulo número 7.1, se establece que el propietario de un piso tiene el derecho de llevar a cabo modificaciones arquitectónicas o estructurales siempre que dichas reformas u obras no menoscaben la integridad, seguridad y funcionalidad del edificio o del piso de otros propietarios, es por ello que siempre que se cumplan dichas regulaciones es posible llevar a cabo reformas u obras en nuestra vivienda.
¿Cuál es el horario establecido para realizar obras que generen ruido?
En las normativas vigentes se ha determinado que es posible hacer ruido ocasionado por obras en la vivienda durante un periodo comprendido entre las ocho a las veintiuna horas desde los días lunes hasta viernes, siempre y cuando estos días sean laborables y solo está permitido el uso de maquinaria ruidosa hasta las veinte horas. Durante los fines de semana el horario para provocar ruido con obras en el hogar se encuentra comprendido entre las nueve horas y media y las veintiuna horas.
De igual forma existe regulaciones para los decibelios permitidos, siendo de treinta y cinco para el horario de la mañana y de treinta decibelios para el horario nocturno. Independientemente de que la vivienda posea aislamiento acústico, es necesario tomar previsiones con respecto al ruido al momento de efectuar obras en el piso, ya que la prácticamente todas las obras generan ruidos que sobrepasan el umbral del aislamiento.
Como en toda obra lo primero que deberás realizar es acudir al ayuntamiento para solicitar la licencia para efectuar la obra en tu vivienda, y dependiendo de la obra dicha entidad considerara si deberás instalara un sonómetro con el objetivo vigilar que no sean sobrepasados los límites de decibelios que se han establecido en las normativas.